Las invasiones y ocupaciones ilegales de predios en Colombia son un fenómeno alarmante, que afecta tanto áreas urbanas como rurales.
Por ello, es crucial conocer los pasos necesarios para recuperar el inmueble invadido o, al menos, sentar un precedente que permita obtener una indemnización del Estado.
Sorprendentemente, muchas personas han perdido su propiedad por no contar con una defensa adecuada.
En mi columna anterior sobre la responsabilidad del Estado por la invasión de inmuebles por terceros mencioné que la reparación estatal por la pérdida de posesión de un inmueble solo se materializa si se han ejercido las acciones policivas, civiles y penales. Es decir, si se ha defendido legalmente el predio, sin que se logre su restitución.
Aquí es donde entra el proceso policivo, regulado por la Ley 1801 de 2016, que es la vía más rápida para recuperar un inmueble. En este se consagra la restitución y protección de bienes inmuebles en los que se ha perturbado, interrumpido y alterado la posesión o mera tenencia por ocupaciones ilegales.
Todo ese proceso se adelanta ante el inspector de Policía (funcionario distinto a un agente de Policía).
Ahora bien, si desde el momento de la ocupación el propietario del inmueble informa de inmediato a la Policía Nacional, estos deben expulsar a los responsables dentro de las 48 horas siguientes. Sin embargo, en muchos casos eso no ocurre.
Por eso, es vital que se presente una querella urgente ante el inspector de Policía, quien podrá dictar una orden de desalojo para los ocupantes en favor del propietario.
Además, es importante tener en cuenta que el tiempo juega un papel crucial en estos casos. La acción policiva que protege la posesión por parte del propietario tiene un límite de caducidad de cuatro meses. Esto significa que, si no se actúa rápidamente, podría perderse la oportunidad de recuperar el inmueble en esta instancia.
Es esencial que el propietario realice actos de señor y dueño en su propiedad, ya que su ausencia prolongada puede abrir las puertas a la usurpación.
La propiedad no solo implica un derecho, sino que también conlleva el deber de ejercer vigilancia y acción constante.
La protección del inmueble requiere compromiso y presencia activa del propietario para que salvaguarde lo que legítimamente le pertenece.